Actualizado: November 1, 2026

El arancel de la Sección 301 de 2026 exenta las siliconas en formas primarias solo para uso farmacéutico

Puntos clave Desde las 12:01 a. m., hora del este, del 24 de julio de 2026, la acción de la Sección 301 por trabajo forzoso de la USTR (91 FR 47318, publicada el 28 de julio de 2026) añade 12.5% a los productos de China y 10% a los productos de India, salvo lo previsto […]

Una cotización de un fluido de silicona o siloxano que da un precio sin la línea del HTS, el país de origen y el uso final no se puede comparar con otra cotización de un lote ingresado a partir del 24 de julio de 2026.

Desde las 12:01 a. m., hora del este, del 24 de julio de 2026, la acción de la Sección 301 por trabajo forzoso de la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), publicada en 91 FR 47318 el 28 de julio de 2026, añade 12.5% a los productos de China y 10% a los productos de India. La nota 52 enumera las siliconas en formas primarias y los compuestos organosilícicos de 2931.90.90 solo en su exención por uso farmacéutico, por lo que el mismo lote de origen chino o indio puede deber el nuevo arancel o no según su uso final, y una cotización solo con precio no muestra ninguno de los dos.

Verificado el 31 de octubre de 2026 contra el Federal Register hasta el 30 de octubre y el arancel vigente, HTSUS Revisión 22 de 2026: el texto de la nota 52 y las tasas generales citadas aquí de la Revisión 20 no han cambiado.

¿Se aplica el arancel de la Sección 301 de 2026 a las siliconas?

Sí. Las siliconas en formas primarias (3910.00.00) y los compuestos organosilícicos en 2931.90.90 de China (12.5%), India (10%) y las demás economías investigadas ingresados a partir del 24 de julio de 2026 lo pagan a menos que sean para uso en una aplicación farmacéutica, o sean mercancías canadienses o mexicanas ingresadas libres de arancel bajo el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (USMCA). La nota 52 de EE. UU. al capítulo 99 (HTSUS Revisión 20 de 2026, 28 de septiembre de 2026) enumera las siliconas en formas primarias (3910.00.00) y los compuestos organosilícicos en 2931.90.90 solo en su exención por uso farmacéutico.

Así, dentro de las líneas listadas, la exención depende del uso final: el artículo debe ser clasificable en una disposición listada y ser para uso en una aplicación farmacéutica. Según el texto de la nota 52(e), un lote de dimeticona de origen chino, si clasifica en 3910.00.00 (una expectativa a confirmar con su agente aduanal, no una resolución), escapa al nuevo arancel por trabajo forzoso cuando es para uso en una aplicación farmacéutica, mientras que el mismo lote ingresado para un uso industrial no.

De cualquier modo, la exención levanta solo el nuevo arancel: deja en pie la tasa general de la subpartida aplicable y el arancel previo de la Sección 301 contra China de la partida 9903.88.02, el arancel de la subpartida aplicable + 25% (a menos que aplique una de las exclusiones listadas de esa partida). Para un comprador que compara cotizaciones, el arancel por trabajo forzoso ahora depende de un hecho sobre su propio proceso, no solo del precio del proveedor.

¿Qué cambió el 24 de julio de 2026?

El “Aviso de Acciones en las Investigaciones de la Sección 301 sobre Actos, Políticas y Prácticas de Diversas Economías” de la USTR (91 FR 47318, FR Doc. 2026-15181, publicado el 28 de julio de 2026) aplica sus tasas a las mercancías ingresadas para consumo, o retiradas de almacén para consumo, a partir de las 12:01 a. m., hora del este, del 24 de julio de 2026.

La determinación sobre China en el aviso impone “aranceles del 12.5 por ciento a los productos de China, salvo lo previsto en el Anexo I y el Anexo II, Parte A”, y la determinación sobre India impone 10 por ciento a los productos de India con la misma excepción. La tasa sigue el origen de la mercancía: 12.5% a un lote de origen chino y 10% a un lote de origen indio del mismo fluido.

El nuevo arancel también llegó justo cuando otra capa expiraba. En el HTSUS 2026 Revisión 22, una nota del compilador a la nota 2(aa) de EE. UU. indica que las partidas 9903.03.01 a 9903.03.11 “expiraron al cierre del 23 de julio de 2026”; conforme a la nota 2(aa)(i), la partida 9903.03.01 había impuesto un arancel adicional sobre las importaciones de “todos los productos de cualquier país”. Un modelo de costo en destino construido antes del 24 de julio puede, por lo tanto, cargar una capa que ya no aplica, así que reconstrúyalo a partir del arancel vigente en lugar de sumarle la nueva tasa.

El aviso excluyó un grupo de lotes: la mercancía cargada en un buque en el puerto de embarque y en tránsito en el modo final de transporte antes de las 12:01 a. m., hora del este, del 24 de julio de 2026, siempre que haya ingresado antes de las 12:01 a. m., hora del este, del 28 de julio de 2026. Esa ventana ya se cerró, así que no incide en un lote que usted cotice ahora.

Las exenciones también cambiaron entre la propuesta y la acción. El USTR determinó “eximir todos los productos propuestos para exención en el Anexo A” del aviso del Federal Register del 5 de junio de 2026, “excepto las aplicaciones no farmacéuticas de ciertos productos químicos”. Esa oración no nombra los químicos. El arancel sí lo hace, y para un comprador de silicona la respuesta está en la nota 52.

¿Qué líneas del HTS cubren los fluidos de silicona, los siloxanos y los silanos?

Dos líneas de la nota 52 le importan a un comprador de silicona, y una tercera, fuera de ella, muestra dónde termina la exención. La tabla las presenta tal como aparecen en HTSUS 2026 Revisión 20.

Línea del HTS Qué cubre Tasa general (NMF) Estatus en la nota 52 de EE. UU.
3910.00.00 Siliconas en formas primarias 3% Incluida únicamente en la nota 52(e): exenta cuando sea para uso en aplicaciones farmacéuticas (partida 9903.05.89)
2931.90.90 “Otros” bajo la partida 2931 (otros compuestos órgano-inorgánicos); el sufijo estadístico 2931.90.90.10 dice “Compuestos órgano-silícicos” 3.7% Incluida únicamente en la nota 52(e): exenta cuando sea para uso en aplicaciones farmacéuticas (partida 9903.05.89)
2931.90.05 Difenildiclorosilano; y feniltriclorosilano Libre No figura en ninguna lista de exención de la nota 52: la exención por uso farmacéutico no lo alcanza

Dos siloxanos cíclicos tienen una resolución al respecto. La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP) resolución N302530 (7 de febrero de 2019) clasificó el octametilciclotetrasiloxano (D4, CAS 556-67-2) y el decametilciclopentasiloxano (ciclopentasiloxano, D5, CAS 541-02-6) en el subapartado 2931.90.9010, y además listó la partida 9903.88.03. El arancel vigente remite 2931.90.90 a la partida 9903.88.04 mediante nota al pie. Leída contra ese arancel, la resolución ubica al D4 y al D5 del tipo que describe en la línea del 3,7%, dentro de la misma exención exclusivamente farmacéutica. Las preguntas sobre la formulación y la restricción del D5 son un asunto aparte, tratado en seguridad del ciclopentasiloxano D5 y la restricción de la UE.

El dimeticone (CAS 9006-65-9) es un Polidimetilsiloxano, y usted puede esperar que entre como una silicona en forma primaria bajo 3910.00.00. Sin una resolución para su grado, eso es una expectativa, no una clasificación. Un fluido puro y un producto formulado que lo contiene no siempre se clasifican igual, así que haga confirmar la línea de cada grado de dimeticone que compre por su agente de aduanas o mediante una resolución vinculante antes de que el arancel entre a un modelo de costo en destino.

Un mismo número CAS también abarca muchos grados de viscosidad de dimeticone, como aceite de silicona por grado de viscosidad lo expone, así que nombre el grado además de la línea.

Los silanos requieren el mismo cuidado. El sufijo 2931.90.90.10, “Compuestos órgano-silícicos”, está bajo 2931.90.90, que la nota 20(g) de EE. UU. describe como “Otros compuestos órgano-inorgánicos no aromáticos”, y el arancel nombra algunos compuestos órgano-silícicos en líneas propias: los clorosilanos difenildiclorosilano y feniltriclorosilano en 2931.90.05, y la N,N’-bis(trimetilsilil) urea en 2931.90.70. Ninguna de esas líneas figura en lista de exención de la nota 52, así que la exención farmacéutica no las alcanza.

La tasa general también se mueve con la línea. Dentro de 2931.90, el 2931.90.90 (otros compuestos no aromáticos) está al 3,7%, mientras que los subapartados 2931.90.22, 2931.90.26, 2931.90.30 y 2931.90.60 llevan una tasa general del 6,5%; la nota 52(e) lista 2931.90.22, 2931.90.30 y 2931.90.60 pero no 2931.90.26. En qué línea, o en qué partida, cae un silano en particular, o un silano en una solución o mezcla, es una cuestión de clasificación para su agente de aduanas o para una resolución, no para el nombre en una cotización.

¿Qué resuelve la excepción para uso farmacéutico y qué deja abierto?

La nota 52(e) del HTSUS 2026 Revisión 20 dice que los aranceles adicionales bajo las partidas 9903.05.20 a 9903.05.84 “no se aplicarán a los artículos destinados a uso en aplicaciones farmacéuticas” y clasificables en las disposiciones listadas, que incluyen 3910.00.00 y 2931.90.90. La exención se dispone en la partida 9903.05.89.

Resuelve un punto: dentro de esas líneas la prueba es el uso del artículo, así que la misma silicona puede estar exenta del nuevo arancel en una entrada y sujeta a él en la siguiente.

Deja la prueba abierta. La nota 52(e) no dice cómo un importador le demuestra a la CBP que un lote es para uso farmacéutico, y la determinación de exención en el aviso (91 FR 47318, 28 de julio de 2026) tampoco lo dice. Tampoco la nota 52(e) define “aplicaciones farmacéuticas”. Cosméticos y cuidado personal no se mencionan en ella, así que dónde termina un producto de cuidado personal y empieza una aplicación farmacéutica es una cuestión para una resolución vinculante.

Si un proveedor cotiza un precio con aranceles pagados más bajo apoyándose en la exención, pregunte quién la reclamó en el ingreso, con qué documento y si su uso final coincide con esa reclamación. Hasta que su agente aduanal o una resolución vinculante confirmen la exención para su lote, cargue el arancel completo en la comparación.

¿Qué aranceles se acumulan bajo la nota 52(a)?

La nota 52(a) de la HTSUS 2026 Revisión 20 señala que los productos sujetos a las tasas adicionales “también estarán sujetos a las tasas generales de arancel impuestas bajo las subpartidas de los capítulos 1 a 97”, y, salvo lo previsto en las subdivisiones (b) a (k), a “cualquier arancel adicional previsto en este subcapítulo o en el subcapítulo IV del capítulo 99”.

Para productos de China e India, eso coloca la nueva tasa (12.5% para China, 10% para India) sobre la tasa general del 3% para siliconas en formas primarias, o la tasa general del 3.7% para compuestos organosilícicos clasificados en 2931.90.90, no en su lugar.

Para mercancías de China, el nuevo arancel no es la primera capa de la Sección 301: 3910.00.00 está en la lista de la nota 20(d) de EE. UU. para la partida 9903.88.02, y 2931.90.90 en la lista de la nota 20(g) para la partida 9903.88.04. Cada partida indica “El arancel previsto en la subpartida aplicable + 25%”, sujeto a las partidas de exclusión que nombra. Ambas están en el subcapítulo III, donde pertenece la nota 52, así que la nota 52(a) las mantiene como adición, y la partida 9903.05.89 solo elimina el nuevo arancel por trabajo forzoso, no estos.

Otros orígenes se fijan de forma distinta. La directiva presidencial citada en el aviso (91 FR 47318, 28 de julio de 2026) fija el arancel de la Sección 301 sobre un producto de la Unión Europea o Taiwán cuyo arancel NMF sea inferior al 10 por ciento “de modo que la suma del arancel NMF y el arancel de la sección 301 sea del 10 por ciento”; para un producto de Japón, Corea o Suiza cuyo arancel NMF sea inferior al 12.5 por ciento, la suma “será del 12.5 por ciento”.

La misma directiva lista a India, Canadá y México entre las economías al 10 por ciento, y su nivel (iii) indica: “Para las mercancías de todas las demás economías investigadas, el Representante Comercial impondrá una tasa arancelaria del 12.5 por ciento.”

Un lote de otro origen queda fuera del nuevo arancel solo si ese origen no es una de las economías investigadas o, en el caso de Canadá y México, si las mercancías ingresan libres de arancel bajo el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), como lo prevén las notas 52(g) y (h); de lo contrario, el nuevo arancel aplica a la tasa de ese origen.

Las mercancías de origen Brasil también cargan un arancel separado de la Sección 301 de 2026: la partida 9903.05.01 de la HTSUS 2026 Revisión 22 añade 25% sobre los artículos producto de Brasil, bajo la nota 50 de EE. UU., salvo lo previsto en las partidas 9903.05.02 a 9903.05.09. Brasil también es una de las economías investigadas de la acción por trabajo forzoso (partida 9903.05.27), y el arancel del 25% tiene su propia exención para uso farmacéutico (partida 9903.05.06, nota 50(a)(v) de EE. UU.), cuya lista incluye 3910.00.00 y 2931.90.90. Si un origen nuevo fue investigado, y qué partidas del capítulo 99 aplican a su ingreso, son preguntas para su agente aduanal.

Lista de verificación de RFQ y costo puesto en destino para compradores de siliconas

Haga estas preguntas a cada proveedor que cotice un lote de silicona de origen China o India, y las mismas preguntas a su agente aduanal:

  1. Clasificación. Pida la línea HTS bajo la que ingresará el lote, luego confírmela con su agente aduanal o con una resolución vinculante. Para D4 y D5, coteje su lote con la mercancía descrita en la resolución CBP N302530 antes de apoyarse en ella.

  2. País de origen. Obtenga el origen de cada lote por escrito, ya que el aviso aplica sus tasas a “productos de China” y “productos de India” (91 FR 47318, 28 de julio de 2026). Si un lote fue mezclado, reenvasado o enviado a través de un tercer país, haga que su agente aduanal confirme su origen.

  3. Uso final. Declare su uso final en la RFQ. Una cotización que asuma la exención farmacéutica debe decirlo, y nombrar quién la reclamará y con qué base.

  4. Líneas de arancel. Pida la tasa general, la tasa de la Sección 301 y cualquier otro arancel del capítulo 99 como líneas separadas, para que pueda ver cuál se mueve cuando cambia el origen o el uso final.

  5. Incoterms. Bajo términos DDP el proveedor despacha el lote para importación, por lo que es el importador registrado y la parte que hace, o no hace, cualquier reclamación de exención por uso farmacéutico en el ingreso. Pregunte si un precio DDP asume esa reclamación, y quién carga con el arancel si la reclamación no se permite.

  6. Fecha de ingreso. Cotice al precio de la fecha en que el lote ingresará, no la fecha en que fue cotizado o cargado: el alivio en tránsito exigió ingreso antes de las 12:01 a.m. hora del este del 28 de julio de 2026.

Metodología: fechas, tasas y texto citado provienen del aviso de USTR en 91 FR 47318 (FR Doc. 2026-15181, publicado el 28 de julio de 2026); notas 20 y 52 de EE. UU. al capítulo 99 y las tasas generales en la HTSUS 2026 Revisión 20; y la resolución CBP N302530 (7 de febrero de 2019); no se calcula ninguna tasa arancelaria combinada. Este artículo es información general, no asesoría aduanal ni legal; confirme la clasificación y el arancel de cada lote con un agente aduanal licenciado.

El texto de la HTSUS 2026 Revisión 22 citado aquí (notas de EE. UU. 2(aa), 50 y 52; partidas 9903.05.01, 9903.05.06 y 9903.05.27) fue leído el 31 de octubre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Mover el pedido a un tercer origen evitaría el arancel?

Solo en dos casos. Además de su lista del 10 por ciento (India, Indonesia, Malasia, Pakistán y el Reino Unido entre ellos) y su regla neta de NMF para la Unión Europea, Taiwán, Japón, Corea y Suiza, la directiva presidencial citada en el aviso (91 FR 47318, 28 de julio de 2026) establece el nivel (iii): “Para los bienes de todas las demás economías investigadas, el Representante Comercial impondrá una tasa arancelaria del 12,5 por ciento”. Un tercer origen escapa al nuevo arancel solo si no es una de las economías investigadas o, para Canadá y México, si los bienes se ingresan libres de arancel bajo el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) (nota 52(g) y (h)); de lo contrario, el nuevo arancel aplica a la tasa de ese origen. Pregunte a su agente aduanal si el nuevo origen fue investigado, y haga confirmar por escrito el origen del lote.

¿Un lote de silicona de Canadá o México queda alcanzado por el nuevo arancel?

Canadá y México están en la lista del 10 por ciento en la directiva presidencial citada en el aviso (91 FR 47318, 28 de julio de 2026), pero la nota 52(g) y (h) de la Revisión 20 del HTSUS 2026 dice que los aranceles adicionales de las partidas 9903.05.29 y 9903.05.55 “no aplicarán” a productos de Canadá, o de México, “ingresados libres de arancel bajo el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá” (partidas 9903.05.93 y 9903.05.94). El alivio sigue al ingreso, no a la dirección del proveedor: un lote canadiense o mexicano que no se ingresa libre de arancel bajo ese tratado no obtiene nada de las subdivisiones (g) y (h), así que pregunte al proveedor cómo califica el lote antes de cotizarlo como exento.

¿Una silicona de origen UE paga el 10 por ciento completo sobre la tasa general?

No, no bajo la directiva presidencial citada en el aviso (91 FR 47318, 28 de julio de 2026). Para un producto de la Unión Europea o Taiwán cuyo arancel NMF sea inferior al 10 por ciento, el 10 por ciento es la suma del arancel NMF y el arancel de la Sección 301, no el arancel de la Sección 301 solo; cuando el arancel NMF sea mayor o igual al 10 por ciento, el arancel de la Sección 301 es cero. Japón, Corea y Suiza siguen la misma regla al 12,5 por ciento. Una cotización de la UE y una cotización de China para la misma silicona por lo tanto no cargan el nuevo arancel sobre la misma base; haga que su agente aduanal confirme la partida del capítulo 99 que usará cada ingreso.

¿Por qué un silano podría no clasificarse en 2931.90.90?

Porque 2931.90.90 cubre solo los demás compuestos organo-inorgánicos no aromáticos, y la Revisión 20 del HTSUS 2026 nombra algunos compuestos organo-silícicos en líneas propias: diphenyldichlorosilane y phenyltrichlorosilane en 2931.90.05, y N,N’-bis(trimethylsilyl) urea en 2931.90.70. Ambas líneas nombradas tienen una tasa general de Libre. Una tasa general de Libre no dice nada sobre la posición de Sección 301 de un silano de origen China o India en esas líneas, y como ninguna línea está en una lista de exención de la nota 52, un uso final farmacéutico no puede exentar tal silano. La línea también mueve la tasa general: 2931.90.22, 2931.90.26, 2931.90.30 y 2931.90.60 cargan 6,5 %, contra 3,7 % en 2931.90.90. Pida la línea HTS completa, no solo “silano”, en cada cotización.

Fuentes y metodología

Las cifras son datos de abastecimiento de RawSource salvo que se atribuyan a una fuente nombrada. Las citas regulatorias están vigentes a la fecha de publicación. Las identidades químicas se verifican por número CAS contra el catálogo de RawSource.


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